A dónde va la plata que pagas por el alumbrado público

Cada mes, en tu factura de energía, aparece un cobro llamado “alumbrado público”. La mayoría de personas lo paga sin saber exactamente qué es, quién lo administra, ni a dónde va ese dinero. Aquí te lo explicamos en simple.

¿Qué es exactamente ese cobro?

Es un impuesto —el impuesto de alumbrado público—, que tu municipio cobra generalmente a través de la misma factura de energía eléctrica. La Ley 1819 de 2016 es clara en un punto fundamental: ese dinero tiene una destinación exclusiva. Solo puede usarse para pagar, mantener, mejorar y modernizar el sistema de iluminación de las calles — no puede destinarse a tapar otros huecos del presupuesto municipal, sin importar la necesidad que exista en otras áreas.

¿Quién decide cuánto se cobra y cómo se administra?

El municipio, a través de su Concejo, es quien fija la tarifa específica del impuesto. Pero no lo hace de forma libre: existe un organismo de regulación a nivel nacional, la CREG (Comisión de Regulación de Energía y Gas), que establece un límite máximo sobre cuánto se le puede reconocer y pagar a la empresa encargada de administrar, operar y mantener el sistema de alumbrado. Es decir, ni el municipio ni el contratista pueden fijar el costo que quieran: hay un tope nacional que busca evitar cobros excesivos.

El plazo que casi nadie conoce: 2027

Aquí está el dato clave que pocas personas conocen. A través de la Resolución CREG 101 013 de 2022, se estableció un plazo hasta el 29 de abril de 2027 para que los municipios —según su categoría de población— certifiquen que administran su sistema de alumbrado público bajo un modelo de gestión de activos moderno y ordenado (una certificación internacional conocida como ISO 55001).

Aunque esta exigencia, en estricto sentido, es sobre la forma en que se gestiona el sistema y no una orden literal de “cambiar todo a tecnología LED”, en la práctica ambas cosas están estrechamente relacionadas: es extremadamente difícil que un municipio certifique una buena gestión de activos si su infraestructura de iluminación sigue siendo obsoleta, ineficiente y con altos niveles de daño o vandalismo.

La realidad: la mayoría de municipios no está lista

A pocos meses de que se cumpla ese plazo, la gran mayoría de municipios colombianos todavía no ha completado la modernización de su sistema de alumbrado hacia tecnologías más eficientes como el LED. Y es importante subrayar algo: el problema no es falta de dinero. Como ya vimos, ese recurso se recauda mes a mes, exclusivamente para este propósito, en la factura de cada usuario. El rezago tiene más que ver con la gestión, la planeación y la ejecución oportuna de los proyectos de modernización por parte de las administraciones locales.

¿Qué puedes hacer con esta información?

La próxima vez que veas el cobro de alumbrado público en tu factura, ya sabes que es un dinero con un destino específico y protegido por ley. Si en tu barrio, tu pueblo o tu ciudad sigues viendo postes con bombillas antiguas, dañadas, o zonas completamente oscuras, tienes pleno derecho de preguntarle a tu alcaldía en qué se está invirtiendo ese recaudo — es tu dinero, destinado exactamente para eso.


Fuentes: Ley 1819 de 2016, Decreto 943 de 2018, y Resoluciones CREG 037 de 2021 y 101 013 de 2022. La información sobre el plazo de 2027 corresponde específicamente a una exigencia de certificación de gestión de activos, no a un mandato legal directo de una tecnología específica; se recomienda verificar el estado de avance de cada municipio directamente con la administración local correspondiente.

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